Miércoles 21 de julio de 2021.- El ejecutivo aprobó el reglamento de ley que normaliza la Cuenta Documento Nacional de Identidad (DNI), permitiendo así, la transferencia de dinero, retiros y depósitos sin necesidad de tener una tarjeta de crédito.
Mediante Decreto Supremo N° Nº184-2021-EF, “se establece la regulación de los aspectos operativos, los términos o condiciones, características y disposiciones complementarias necesarias para la implementación de la cuenta digital a nivel nacional”.
La entidad encargada de la activación y posterior administración de las cuentas, será el Banco de la Nación. De la misma manera, el BN también será el que establezca los términos y condiciones de la Cuenta DNI.
Para la apertura de la cuenta, se podrá hacer de manera automática, a través de los canales digitales, requiriendo el número de DNI, correo electrónico, número de teléfono móvil a nombre del titular con un mínimo de 30 días de activación.
Se validarán las cuentas mediante el uso de información del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) y el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel).
GP