¿POR QUÉ UN PROYECTO DE LEY N° 6352 «LEY GENERAL DE JUVENTUDES DEL PERÚ»?

En el Perú, la población de 15 a 29 años supera los 8,5 millones de jóvenes, y con esta propuesta se busca otorgar por primera vez en la historia del Perú una Ley dirigida a este importante grupo etario con un enfoque innovador, que garantice los derechos específicos de las juventudes.

De aprobarse, automáticamente reemplazaría la Ley N°27802 o Ley CONAJU (Consejo Nacional de la Juventud) que fue promulgada el 30 de Julio del 2002 con el objetivo de “instaurar el marco normativo e institucional que oriente las acciones del Estado y de la sociedad civil en su conjunto en materia de política nacional de juventudes”.

Dentro del periodo legislativo 2020-2021, el Presidente de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte del Congreso de la República, el congresista Luis Reymundo Dioses Guzmán hizo suya la iniciativa legislativa propuesta por RENAJUV (Red Nacional de Juventudes del Perú).

Habiendo cumplido 200 años de Independencia se espera por el bien de las presentes y futuras generaciones de peruanos, recuperar la Institucionalidad y rectoría en materia de juventud. La presencia en todo el territorio nacional de un Consejo Nacional de Participación de la Juventud (CPJ Nacional), ayudaría al momento de legislar y tomar mejores decisiones en favor de las juventudes del Perú.

(C.P.V)