El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Este 1 ordenó al candidato presidencial Rafael López Aliaga y a Renovación Popular abstenerse de utilizar mensajes o símbolos religiosos durante la campaña para las Elecciones 2026. La medida surgió tras un informe de fiscalización que registró expresiones de fuerte connotación religiosa en un mitin del 31 de octubre en Santa Anita, además de imágenes del excalde levantando un cuadro del Señor de los Milagros.
El JEE también otorgó cinco días calendario para retirar de su cuenta de Facebook toda propaganda con contenido religioso, bajo advertencia de imponer sanciones económicas en caso de incumplimiento. El organismo concluyó que las expresiones de López Aliaga —como referirse a su militancia como “aspirantes a una cruz” o señalar que Renovación Popular es “una derecha cristiana”— constituyen propaganda prohibida por vincular explícitamente la opción política con una fe específica, afectando la libertad de decisión del electorado.
El colegiado sostuvo que estas referencias vulneran el artículo 188 de la Ley Orgánica de Elecciones, que prohíbe invocar temas religiosos en la propaganda política, al considerar que pueden inducir al voto mediante mecanismos de persuasión espiritual y no racionales.
Renovación Popular rechazó la resolución y la calificó como un atentado contra su libertad de expresión y de credo, aunque evitó precisar si retirará el contenido cuestionado.
La decisión del JEE reabre un debate recurrente en el país: los límites entre fe y política. Si bien la libertad religiosa es un derecho, el uso de símbolos y discursos espirituales como herramienta electoral distorsiona la competencia democrática y abre la puerta a influencias emocionales y dogmáticas en un proceso que debería basarse en propuestas y capacidades. El desafío es garantizar neutralidad sin vulnerar libertades, pero también impedir que la religión se convierta en estrategia electoral.


