MINSA APROBÓ NORMA SANITARIA PARA RESTAURANTES

Lunes 4 mayo 2020.-El Ministerio de Salud   aprobó la «GUÍA TÉCNICA PARA LOS RESTAURANTES Y SERVICIOS AFINES CON MODALIDAD DE SERVICIO A DOMICILIO», que es el protocolo de higiene que deberán seguir los restaurantes que hacen servicio delivery o venta para llevar como medida de prevención frente al Covid-19. El cumplimiento de las normas estará a cargo de las municipalidades en coordinación con las direcciones regionales de salud.

La guía aprobada mediante Resolución Ministerial N° 250-2020-MINSA, brinda indicaciones sobre la compra y recepción de alimentos, su almacenamiento, acondicionamiento, la preparación de pedidos, el despacho y entrega de la comida.

Los restaurantes son responsables de que todas las personas involucradas en el proceso deben llevar protector buco nasal, tener el cabello cubierto y las manos (con o sin guantes) limpias y desinfectadas, así como uñas cortas y limpias, sin heridas infectadas o abiertas. Además, de que no laboren quienes presenten síntomas de procesos respiratorios como tos, dolor de garganta, dolor de cabeza, etc.

Además, el restaurante debe garantizar que el personal realice el correcto lavado de manos con agua, jabón o desinfectante (gel, alcohol, otros); y que se mantengan separados por al menos un metro de distancia en la cocina.

Sobre el despacho, la comida debe colocarse en un envase primario con precinto de seguridad y debe ser entregado lo más pronto posible, máximo en una hora.

Con respecto al repartidor, éste deberá contar con guantes, mascarilla y alcohol gel y asegurarse que el contenedor o caja donde se pondrá el envase con la comida se encuentren desinfectado. También debe estar lavado y desinfectado el vehículo que se utilizará.