PATRICIA BENAVIDES ES SUSPENDIDA POR 6 MESES POR EL COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA

30/01/26.-

El Consejo de Ética del Colegio de Abogados de Lima (CAL) resolvió suspender por seis meses a la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides Vargas, del ejercicio profesional de la abogacía. La decisión se adoptó tras declarar fundada una medida cautelar dentro de un proceso disciplinario por presuntas faltas graves a los estatutos de la orden profesional, mientras se determina su responsabilidad ética de fondo.

La investigación se originó a partir de una denuncia presentada por representantes de la sociedad civil y miembros del Grupo de Trabajo contra la Corrupción, quienes acusan a Benavides de haber infringido principios básicos de probidad, integridad y decoro. De acuerdo con la resolución del expediente N.° 365-2025, el CAL consideró que la gravedad de los hechos amerita apartarla temporalmente del ejercicio de la abogacía para proteger la imagen y credibilidad del gremio.

El Consejo de Ética sustentó su fallo en el Código de Ética del Abogado, que exige a sus miembros actuar con transparencia y preservar el honor de la profesión. Según el colegiado, mantener habilitada a Benavides mientras afronta cuestionamientos vinculados a su gestión al frente del Ministerio Público podría generar un perjuicio institucional.

La suspensión tiene efecto inmediato tras su notificación, lo que impide a la exfiscal firmar escritos, patrocinar procesos judiciales o brindar asesoría legal. Además, el CAL dispuso la inscripción de la sanción en su registro interno y su comunicación a la Corte Suprema, la Junta Nacional de Justicia y el Ministerio Público para su ejecución.

La defensa de Benavides cuenta con cinco días hábiles para impugnar la medida, instancia que sería evaluada por el Tribunal de Honor del CAL. Hasta ahora, no existe un pronunciamiento oficial de su entorno.

Desde una lectura crítica, la decisión ha abierto un debate jurídico. El abogado constitucionalista Aníbal Quiroga cuestionó la medida al señalar que el Colegio de Abogados estaría interviniendo en un ámbito ya bajo evaluación de la Junta Nacional de Justicia. A su juicio, el CAL se habría adelantado de forma parcializada, duplicando competencias y generando un precedente controvertido sobre los límites de la potestad disciplinaria gremial. Quiroga también aclaró que la suspensión no impide a Benavides ejercer como fiscal suprema, pues dicho cargo no requiere colegiatura activa, lo que evidencia que el impacto de la sanción es más simbólico e institucional que funcional.

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