
12 MARZO 2025.- El Documento Nacional de Identidad (DNI) es un elemento esencial en la vida de los peruanos, lo que motiva a muchas personas a acudir diariamente al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) para realizar diversos trámites.
En el pasado, era obligatorio presentar una fotografía física para la emisión del DNI. Sin embargo, con la modernización de los procesos administrativos, esta exigencia ha cambiado y ahora solo aplica a un grupo específico de ciudadanos.
Actualmente, solo los niños de entre 8 meses y 7 años deben presentar una fotografía física al realizar trámites en Reniec. A partir de los 7 años, ya no es un requisito obligatorio, aunque en algunos casos puede ser recomendable contar con una imagen reciente para facilitar la identificación.
Además, Reniec puede imponer sanciones si se detectan discrepancias en los datos del DNI. Según la Ley N° 30338, es obligatorio proporcionar la dirección de residencia habitual. No actualizar esta información conlleva una multa equivalente al 0,3% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), lo que para el 2025 equivale a S/16.
Sin embargo, aquellos ciudadanos que informen cambios en su dirección o estado civil dentro de los 30 días posteriores a la modificación no enfrentarán sanciones.