SERENAZGOS PODRÁN UTILIZAR ARMAS NO LETALES

Miércoles 14 de Junio del 2023.- Con 110 votos a favor, 0 en contra y 4 abstenciones, El Congreso aprobó por insistencia los proyectos de ley que proponen autorizar el uso de armas no letales para el personal de Serenazgo.

El proyecto había sido observado por el Poder Ejecutivo al argumentar inviabilidad para que las Fuerzas Armadas capaciten a los serenos municipales, además de que el uso de grilletes solo era facultad de la Policía Nacional del Perú (PNP). Asimismo, sugirió el cambio del término «armas no letales» a «medios de defensa».

En ese sentido, se recomendó insistir parcialmente en la autógrafa de ley al haber tomado en cuenta parte de las sugerencias.

Con ello, queda modificada la Ley 31297, Ley del Servicio de Serenazgo Municipal, que autoriza el uso de medios de defensa en los artículos 11 y 20.

La nueva norma señala que serán funciones de los centros de capacitación de serenos municipales:

«Brindar capacitación básica, especializada y entrenamiento permanente a los serenos municipales, orientada a la adquisición de conocimientos, uso de medios de defensa autorizados y perfeccionamiento de habilidades necesarias para el adecuado desempeño de sus funciones».