EJECUTIVO PUBLICÓ LISTA DE ALIMENTOS QUE PODRÁN SER EXONERADOS DEL IGV

Ventanilla, 30 abril 2022.- El Gobierno emitió el Decreto Supremo, estableciendo las disposiciones reglamentarias de la Ley N° 31452, Ley de exoneración del impuesto general a las ventas (IGV) a los alimentos de la canasta básica familiar, que se les aplicará desde el 1 de mayo hasta el 31 de julio de 2022.

Luego que el Gobierno aprobara el proyecto de ley que exonera el impuesto a una lista de insumos importantes en la canasta familiar. El Ministerio de Economía y Financias publicó la lista oficial.

Cabe menciona que el decreto también menciona la relación de bienes que podrán aplicar como crédito fiscal.

Indecopi será quien se encargue del monitoreo de los precios de venta al consumidor final.

LOS PRODUCTOS

Desde mañana, la carne de aves de la especie Gallus domesticus (gallina, gallo, pollo) frescos, refrigerados o congelados; los huevos frescos de gallina de la especie Gallus domesticus; el azúcar; las pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar de otra forma; y el pan no pagarán dicha contribución.