02/02/26.-
El expresidente Ollanta Humala Tasso interpuso una denuncia penal contra los magistrados que lo condenaron a 15 años de prisión junto a su esposa, Nadine Heredia, por el delito de lavado de activos, sentencia dictada en abril del año pasado. La acción legal está dirigida contra los jueces Max Vengoa, Juana Caballero y Nayko Coronado, a quienes acusa de presuntos delitos de abuso de autoridad, prevaricato, falsedad ideológica y omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales.
A raíz de esta denuncia, la Séptima Fiscalía Corporativa Penal Superior dispuso el inicio de diligencias preliminares, que incluyen la toma de declaraciones del propio Humala, de los magistrados implicados y del procurador público del Poder Judicial. Asimismo, se solicitó a la Autoridad Nacional de Control del sistema judicial que remita información detallada sobre las quejas funcionales presentadas por el exmandatario contra dichos jueces desde abril de 2025 hasta la fecha.
La investigación también comprende la revisión del historial disciplinario de los magistrados, así como un informe actualizado del Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional sobre el estado del expediente que contiene la sentencia contra la expareja presidencial. La denuncia alcanza, además, a la especialista legal del órgano jurisdiccional, Katherine Flores Velarde, por los mismos presuntos ilícitos.
Según la denuncia conocida por La República, Humala sostiene que fue recluido en el penal de Barbadillo tras el adelanto del fallo emitido el 15 de abril de 2025, pese a que el Tribunal Constitucional ha establecido que este tipo de resoluciones no se ejecutan hasta la lectura íntegra de la sentencia, realizada recién el 29 de abril. El exmandatario afirma que ese día no se le notificó el texto completo ni se le entregó copia, tal como lo exige el Código Procesal Penal, situación que motivó una queja ante la Autoridad Nacional de Control. La notificación integral recién se concretó el 2 de mayo.
En el documento, Humala argumenta que la orden de su detención inmediata careció de un mandato expreso y debidamente motivado, ya que no existía una sentencia completa al momento de su internamiento. También cuestiona que no se haya considerado su conducta procesal, marcada —según señala— por su asistencia a todas las audiencias del juicio oral.
Respecto al presunto prevaricato, la denuncia indica que los jueces habrían actuado al margen de la ley al ordenar su detención. En cuanto a la supuesta falsedad ideológica, se sostiene que la sentencia no habría sido notificada porque no estaba debidamente elaborada o carecía de las firmas correspondientes. Además, se habría consignado información falsa al señalar que el fallo fue leído íntegramente cuando, en realidad, ello no ocurrió, lo que —según Humala— le generó un perjuicio al permanecer detenido sin conocer los fundamentos completos de su condena.
Finalmente, sobre la presunta omisión o demora de actos funcionales, se acusa a los magistrados de haber retrasado de manera deliberada la notificación integral de la sentencia, pese a que esta debía realizarse el mismo día de la lectura completa, el 29 de abril.
Este nuevo episodio abre un flanco delicado para el sistema de justicia peruano, ya golpeado por una persistente crisis de legitimidad. Más allá de la responsabilidad penal que eventualmente pueda establecerse, la denuncia de Humala vuelve a poner en discusión las garantías del debido proceso en casos de alto perfil político. La privación de la libertad sin una sentencia íntegra notificada no solo cuestiona la actuación de los magistrados, sino que expone vacíos y tensiones entre la celeridad judicial y el respeto estricto de los derechos fundamentales. En un contexto de desconfianza ciudadana hacia el Poder Judicial, investigaciones como esta no solo evalúan conductas individuales, sino que terminan siendo un termómetro del estado de la institucionalidad democrática y de la capacidad del sistema para autocontrolarse y rendir cuentas.
