PRESIDENTA PROMULGA LEY QUE IMPULSA AL FONCOMÚN EN GOBIERNOS LOCALES

17 JUNIO 2025.-  La presidenta Dina Boluarte oficializó la promulgación de una nueva ley orientada a fortalecer la inversión pública de los gobiernos locales, mediante un incremento progresivo del Fondo de Compensación Municipal (Foncomun).

Durante el anuncio, la mandataria destacó que esta norma beneficiará especialmente a los municipios más postergados del país, brindándoles recursos que les permitan ejecutar obras largamente esperadas por la población, ante el abandono y las promesas incumplidas de gestiones anteriores.

“Con esta norma estamos avanzando hacia una verdadera descentralización, dándole mayor capacidad de acción a las autoridades locales”, señaló Boluarte, quien además agradeció al Congreso por su aprobación.

La jefa de Estado subrayó que este aumento no comprometerá la estabilidad fiscal, ya que el Gobierno ha actuado con responsabilidad desde el inicio de su gestión, promoviendo el fortalecimiento económico del país.

En ese sentido, hizo un llamado a los municipios para que administren con responsabilidad los fondos adicionales que recibirán por el incremento del Foncomun.

La ley establece que el incremento del Foncomun iniciará el 1 de enero de 2026 y alcanzará el 2 % del total en 2029, como parte de una estrategia de distribución eficiente de los recursos públicos que impulse el desarrollo sostenible.

Para acceder a estos fondos, las municipalidades deberán contar con al menos dos de tres planes estratégicos vigentes: el Plan de Desarrollo Local Concertado, el Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional, todos alineados con las políticas nacionales y el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050.

Asimismo, un decreto supremo del Ministerio de Economía y Finanzas definirá la incorporación del enfoque de presupuesto por resultados como criterio de evaluación para la asignación de recursos.

La normativa también especifica que los montos adicionales del Foncomun solo podrán destinarse a proyectos de inversión pública, orientados a cerrar brechas sociales, y de manera excepcional, para transferencias a municipalidades de centros poblados. Los saldos no utilizados podrán ejecutarse al siguiente año fiscal, pero en ningún caso se permitirán para gastos corrientes.