SE AMPLÍA PLAN DE ACCIÓN E INCORPORAN ENTIDADES PARA ATENDER EMERGENCIA AMBIENTAL POR DERRAME DE PETRÓLEO DE REPSOL

Mediante RM N° 042-2022-MINAM, publicado ayer 13 de febrero, se ampliaron las actividades y entidades participantes para atender los graves impactos negativos en la salud, sociales y ambientales causados por el derrame de petróleo de Repsol, en amplias zonas de nuestro ecosistema marino costero.  Se amplía la RM N° 021-2022-MINAM.

El objetivo del Plan de Acción de Emergencia Ambiental es garantizar el manejo sostenible de la zona afectada, realizando los trabajos de recuperación y remediación ambiental para proteger la salud de la población y del ecosistema afectado. Tiene un plazo de 90 días, en base a lo dispuesto en la Ley de Emergencia Ambiental, Ley  n° 28804 y su reglamentación.

Las actividades contenidas en el Plan de Acción de Emergencia Ambiental están agrupadas en tres ejes: calidad ambiental, salud e institucionalidad.  Y con la nueva R.M. se incluyen las actividades multisectoriales relacionas con el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), gobiernos regionales y con el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (Fondepes), para la optimización de las actividades dirigidas a atender la emergencia ambiental. Asimismo, se amplía la extensión del área geográfica afectada.

Las entidades señaladas en la Declaración de Emergencia Ambiental, vienen ejecutando sus acciones en el marco de sus competencias, tal como se puede apreciar en los reportes públicos que se han venido difundiendo y que están en el siguiente enlace web:  https://n9.cl/njf8yy

Para conocer el texto completo de la referida norma publicada en el diario El Peruano, se puede ingresar a este enlace: https://n9.cl/zq hho