21/02/26.-
El Tribunal Constitucional resolvió declarar fundada en parte la demanda de hábeas corpus presentada por la defensa de Daniel Urresti y dispuso su liberación inmediata. El máximo órgano constitucional concluyó que la condena impuesta en 2023 por el caso del periodista Hugo Bustíos vulneró el principio de legalidad penal y fue dictada cuando el plazo de prescripción por los hechos ocurridos en 1988 ya había expirado.
En su parte resolutiva, el TC anuló la sentencia del 12 de abril de 2023 —así como la resolución suprema que la confirmó en julio de 2024— en el extremo que condenaba a Urresti a 12 años de prisión por asesinato con alevosía y por tentativa de asesinato en agravio de Eduardo Yeni Rojas Arce. En consecuencia, ordenó la excarcelación inmediata del recurrente. El fallo fue respaldado por seis magistrados, mientras que uno emitió voto singular.
La decisión sostiene que el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, que tipifica el asesinato como crimen de lesa humanidad en ciertos supuestos, entró en vigor para el Perú en 2002. Aplicar esa calificación a hechos anteriores implicaría una aplicación retroactiva del derecho penal, prohibida por la Constitución. Por ello, el TC determinó que los hechos debían analizarse como delitos comunes conforme al Código Penal vigente en 1988, lo que hacía operativa la prescripción.
El tribunal precisó que su resolución no revisa la responsabilidad material de los hechos ni constituye una absolución, sino que establece que la privación de libertad carecía de sustento constitucional. Tras conocerse el fallo, Sharmelí Bustíos expresó su rechazo en redes sociales, recordando a su padre y cuestionando la liberación.
El fallo del Tribunal Constitucional reabre un debate profundo sobre los límites entre el respeto estricto a la legalidad penal y la búsqueda de justicia en casos emblemáticos de violencia contra periodistas. Si bien la decisión se sustenta en principios constitucionales como la irretroactividad y la prescripción, su impacto social es innegable: refuerza la percepción de impunidad en crímenes cometidos durante el conflicto interno. La resolución evidencia una tensión no resuelta entre el derecho interno y los estándares del derecho internacional de los derechos humanos, así como las debilidades estructurales del sistema judicial para juzgar hechos graves décadas después. La legalidad prevalece, pero el costo simbólico y moral para las víctimas y la sociedad vuelve a quedar en evidencia.
