USO OBLIGATORIO DE CHALECOS PARA MOTOCICLISTAS: FECHAS CLAVE EN LIMA, CALLAO Y EL RESTO DEL PERÚ

24 ABRIL 2025.-  La discusión sobre el reglamento para motociclistas en Perú sigue vigente. Según la nueva normativa, tanto los conductores de motos como sus copilotos deberán cumplir estrictamente con las especificaciones técnicas relacionadas con el uso obligatorio de cascos y chalecos que deben portar el número de matrícula de la Placa Única Nacional de Rodaje en todo el territorio nacional.

Quienes no acaten lo establecido en la Resolución Directoral Nº 008-2025-MTC/18 enfrentarán sanciones que incluyen una multa de 428 soles, equivalente al 8% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), por cometer una infracción grave. Además, acumularán hasta 40 puntos en su licencia de conducir y se les retendrá el vehículo.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha señalado que la obligatoriedad del uso de casco y chaleco con la placa impresa tendrá fechas distintas para Lima y Callao respecto al resto del país. En Lima y Callao, la medida entrará en vigor el 21 de mayo de 2025, debido a que ambas jurisdicciones están en estado de emergencia desde el 17 de marzo, tras el asesinato del vocalista de Armonía 10, Paul Flores, en un ataque extorsivo.

Para el resto de regiones, la norma será obligatoria a partir del 20 de junio de 2025. Según el documento oficial, la vigencia comenzará a los 30 días calendario en zonas declaradas en estado de emergencia y a los 60 días calendario en las demás áreas, contados desde el día siguiente a la publicación de la resolución que especifica los detalles técnicos.

Conducir sin casco, usar uno que no cumpla las especificaciones técnicas o emplear elementos que oculten la identidad será sancionado bajo la infracción G.59 del Reglamento Nacional de Tránsito, con multa de 428 soles, retención del vehículo y 40 puntos en el récord del conductor.

El uso del chaleco que muestre claramente el número de placa es obligatorio para conductores y acompañantes, conforme al artículo 105 del Reglamento Nacional de Tránsito. No cumplir con esta disposición implica sanciones bajo los códigos G.68 y G.69, que también entrarán en vigencia según el mismo calendario que el uso del casco.

  • Infracción G.68: No portar el chaleco con la placa — multa de 428 soles, retención del vehículo y 20 puntos en la licencia.

  • Infracción G.69: Obstaculizar la visibilidad del chaleco con la placa — multa de 428 soles, retención del vehículo y 20 puntos en la licencia.

No están obligados a usar el chaleco los propietarios de motocicletas de colección, vehículos con placa de exhibición y motos con cilindrada superior a 500 cc.

Esta normativa busca mejorar la seguridad vial y la identificación de los motociclistas en todo el país, reforzando el control y la prevención de accidentes.