CALLAO: 300 SENTENCIAS POR DEMANDA DE ALIMENTOS EN LO QUE VA 2022

Ventanilla, 02 setiembre 2022.- el Cuarto Juzgado de Paz Letrado especializado en lo civil-familia de la Corte Superior de Justicia del Callao ha resuelto aproximadamente 300 sentencias por demanda de alimentos, cifra que se ha incrementado en comparación al año pasado.

“La demanda por alimentos se ha incrementado debido a la pandemia y en comparación al año pasado. Del 100% de demandas ingresadas a mi despacho, alrededor de 60% corresponde solo por alimentos”, informó la jueza Carol Gutiérrez De la Cruz, magistrada de dicho juzgado, durante una entrevista realizada en el programa “Hablando de Justicia” el cual se emite por la red social Facebook de la corte chalaca.

Agregó que, para iniciar un trámite de alimentos, el demandante puede hacerlo por la mesa de partes virtual de la Corte del Callao o acercarse a la mesa de partes física del Módulo de Juzgados de Paz Letrado, con su DNI personal, partida de nacimiento y DNI del menor de edad.

Indicó que la mayoría de demandantes son madres de familia, quienes buscan judicialmente el ingreso económico para sus hijos y son vulnerables ante la necesidad de atención y prestación inmediata por alimentos. “Actualmente ya no se necesita la presencia ni firma de un abogado, ni la habilitación de una casilla electrónica. El trámite se puede iniciar de manera célere y la notificación llega a la dirección del domicilio indicado”.

En otro momento, la entrevistada explicó que es posible prescindir de una demanda de alimentos e iniciar de manera alternativa una conciliación. Añadió que considera que esta es la forma ideal de resolver este conflicto en la familia. “Si ante esta posibilidad extrajudicial un padre no asiste económicamente a su hijo, la madre debe considerar iniciar la demanda en el Poder Judicial para asegurar una pensión de alimentos fija”.

Precisó que, si esto persiste por tres meses, se puede abrir un proceso penal a la parte demandada por el delito de omisión de asistencia familiar y ser nombrada en el registro de morosos, documento público a nivel nacional que cualquier ciudadano tiene acceso y puede ser limitante de derechos para el demandado.

También dijo que la pensión de alimentos a los hijos, por ley solo es hasta los 18 años (cumplida la mayoría de edad); sin embargo, se puede prolongar hasta los 28 años si los vástagos cumplen con estudios satisfactorios y/o se encuentran en un estado de salud crítico o condiciones limitantes para su desarrollo normal.

Dato:

La atención al público por parte de las magistradas de paz letrado es de lunes a viernes de 8:15 a 9:15 am y de 4:15 a 4.45 pm