Ventanilla, 30 setiembre 2022.- El Gobierno oficializó que el uso de la mascarilla será obligatorio únicamente en establecimientos de salud, en el transporte terrestre de personas y en espacios cerrados sin ventilación.
Así lo señala el Decreto Supremo 118-2022-PCM publicado ayer jueves en la Edición Extraordinaria del diario El Peruano, documento que consigna la firma del presidente Pedro Castillo, el titular del Consejo de Ministros, Aníbal Torres, y diferentes ministros de Estado.
Asimismo, en el dispositivo legal, que lleva la firma del presidente Pedro Castillo, el titular del Consejo de Ministros, Aníbal Torres, y diferentes ministros de Estado, también señala que, el uso de mascarillas será obligatorio para personas con síntomas respiratorios, tanto en espacios abiertos y cerrados. En tanto, será opcional en espacios abiertos y espacios cerrados ventilados.
En espacios abiertos de aquellos departamentos del país que cuenten con el 80% de cobertura de vacunación con 3 dosis contra la Covid-19 en las personas de 60 años a más y, asimismo, el 80% de personas de 12 años a más cuenten con al menos dos dosis, el uso de mascarillas se volverá facultativo a partir del 1 de mayo. Esto siempre y cuando se garantice el distanciamiento físico.
Ahora bien, el uso de mascarillas, de acuerdo a lo ya establecido, en los departamentos del país que no se alcance dicha cobertura de vacunación, seguirá siendo obligatorio, para circular por las vías de uso público y lugares abiertos.
En las instituciones educativas del país, el uso de mascarilla será opcional para los estudiantes y docentes, no obstante, en este punto el decreto advierte que debe garantizarse la ventilación adecuada conforme a la normativa vigente.
EN RESTAURANTES
En el caso de restaurantes o similares en espacios cerrados sin ventilación, las mascarillas pueden ser retiradas sólo al momento de ingerir los alimentos.
Estas nuevas reglas entrarán en vigencia a partir del domingo. Además, se mantiene vigente la obligación de presentar, para el ingreso a espacios públicos, el carné físico o virtual que acredite haber recibido la vacunación contra la Covid-19, en el Perú o en el extranjero, lo cual debe realizarse conjuntamente con el documento oficial de identidad.
La norma también prorroga el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de 31 días calendario, a partir del 1 de mayo de 2022. Por lo tanto, se mantiene restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.