GUÍA SOBRE CÓMO DENUNCIAR COBROS EXCESIVOS EN COLEGIOS Y OTROS HECHOS INDEBIDOS

Aproximadamente, 500 mil padres cada año deben decidir a qué colegio irán sus hijos. Antes de tomar esa decisión, necesitan información confiable y actualizada, para evitar estafas y que se afecte el derecho a la educación de los escolares.

De enero de 2020 a setiembre del presente año, Indecopi (Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual), registró 8,075 reclamos y 1,716 denuncias sobre el sector educativo privado. La queja más reportada es la discordancia por el monto de reducción de pensiones en los colegios, durante la pandemia de la COVID-19, y el no reembolso de matrícula, si hay un cambio de colegio.

En lo que va de este año, Indecopi ha recibido 4,274 reclamos y 801 denuncias, mientras que en 2020, se recibieron 3,801 reclamos y 906 denuncias contra colegios, universidades e institutos.

El ministro de Educación, Carlos Gallardo, señaló que coincide con lo anunciado por la jefa del gabinete ministerial, Mirtha Vásquez, acerca de que, para julio de 2022, el 99 % de instituciones educativas atenderán plenamente.

  • ¿Cuándo debo matricular a mi hijo en un colegio?

Mariela Villacorta (Funcionaria del Indecopi) recomendó a los padres que se acerquen al centro educativo o visiten su página web, para conocer las fechas de inscripción y matrícula.

  • ¿Cuáles son los cobros permitidos en los colegios privados?

Según Villacorta, los únicos conceptos por los que deberán pagar los padres son tres:

– La cuota de ingreso: Se paga por única vez, en el caso de alumnos nuevos.

– Matrícula: Se cobra al iniciar el año escolar, y el monto no debe ser superior al de una pensión mensual.

– Pensión mensual: Es el pago que se realiza cada mes de estudios del año escolar. Su cobro no puede realizarse de forma adelantada y será de acuerdo con lo informado por el colegio.

  • ¿Por qué suben las pensiones en los colegios? ¿El Indecopi puede hacer algo?

Los precios y sus variaciones se deben al libre mercado, declaró Mariella Villacorta (Representante del Indecopi).

“El Indecopi no tiene facultades para intervenir en el precio de ningún producto, en el caso de los servicios educativos, la función consiste en verificar que los colegios particulares informen oportunamente a los padres de familia sobre los precios del servicio y los posibles incrementos a los que estos se encuentren sujetos”, explicó.

  • ¿Dónde se puede denunciar a un colegio particular por cobros indebidos durante el año escolar?

El padre o la madre pueden denunciar si el colegio donde está su menor realiza cobros indebidos y no justificados. Hay dos pasos a seguir:

– Los padres pueden acudir al colegio para presentar un reclamo en el Libro de Reclamaciones de la institución, en formato físico o virtual. El colegio tiene un plazo de 30 días calendario, como máximo, para la atención de la reclamación.

– Si las autoridades del colegio no atienden el reclamo o el padre no queda satisfecho con la respuesta recibida, puede comunicarse con el Indecopi, al teléfono 224-7777 desde Lima o al 0800-4-4040 (llamadas gratuitas desde provincias), a través de la plataforma digital del Indecopi o escribir al correo electrónico: sacreclamo@indecopi.gob.pe

  • ¿Dónde se puede denunciar a un colegio público por hechos irregulares durante el año escolar?

Puedes denunciar a través de la plataforma digital del Ministerio de Educación, Identicole y tus reclamos serán atendidos por un especialista.

  • ¿Cómo verificar qué centro educativo tiene autorización del Ministerio de Educación?

Los padres que deseen consultar si el colegio de su elección cuenta con dicha autorización, pueden hacerlo a través de la herramienta Identicole, del Ministerio de Educación.

  • ¿Cuáles son las principales recomendaciones de Indecopi tras el inicio del año escolar 2022?

– Las pensiones nunca se cobran de manera adelantada.

– La matrícula no puede estar condicionada a que el alumno rinda un examen de ingreso o admisión.

– Los colegios particulares no pueden exigir la compra de útiles, uniformes escolares y/u otros materiales de un determinado proveedor. Los padres tienen la libertad de comprarlos en cualquier establecimiento.

– Para el cobro de las pensiones, los colegios privados están prohibidos de ejercer prácticas intimidatorias. Por ejemplo, no podrán restringir el ingreso de los alumnos al colegio, ni retirarlos del colegio; tampoco dejarlos en el patio, impedir que rindan las evaluaciones u otra acción que pueda afectarlos.

– Los colegios solo podrán requerir el pago de cuotas extraordinarias (montos distintos a los señalados anteriormente) siempre y cuando tengan autorización del Ministerio de Educación.

– Los padres tienen el derecho de adquirir textos de segundo uso.

  • ¿Qué puede hacer el padre si el colegio particular persiste con los cobros excesivos?

El Indecopi tiene competencia para sancionar estas malas prácticas de los colegios privados y se encarga de supervisar la adecuada prestación de los servicios educativos en estas instituciones.

Si el colegio persiste en cobrar pensiones indebidas y excesivas, puede recurrir a dicha entidad y pedir el libro de reclamaciones o llamar el Servicio de Atención al Ciudadano del Indecopi, a través de sus plataformas virtuales o llamando desde Lima al 01 224 7777.

  • ¿Qué pasa si no puedes pagar la pensión del colegio?

Están prohibidas aquellas modalidades intimidatorias para exigir pagos a los padres, como no permitir a los alumnos que den exámenes, no dejarlos ingresar a la institución o no entregar la libreta de notas.

  • ¿Qué derechos tengo al momento de matricular a mi hijo?

«Tienes el derecho de recibir información veraz y oportuna sobre el cronograma de matrícula y pensiones, las condiciones pedagógicas, institucionales y financieras a las que se ajusta el servicio educativo durante el año escolar», preciso Mariela Villacorta.

  • ¿Es legal que las instituciones educativas privadas incrementen el precio de las matrículas escolares?

Cada institución educativa privada tiene la opción de elevar las pensiones de acuerdo con la oferta y demanda del mercado, siempre y cuando lo comunique a los padres y madres de familia al finalizar el año escolar y antes de iniciar el siguiente proceso de matrícula.

(C.P.V)