NUEVOS LÍMITES DE VELOCIDAD EN EL CALLAO

 

El ministerio de Transporte y Comunicaciones lanzó un nuevo decreto supremo en donde estipula los nuevos límites de velocidad permitidos para los vehículos que circulan por la Provincia Constitucional del Callao.

Según se refiere la nueva norma, a partir del jueves 13 de enero entra en vigencia este nuevo régimen , donde todo auto que ingrese al Primer Puerto deberá cumplir con este nuevo kilometraje a fin de evitar multas y sobre todo, que su auto sea retenido por la policía de transito o miembros de ATU.

El Decreto Supremo N°025-2021-MTC manifiesta que el máximo de velocidad permitida en calles y jirones será de 30 km / h, quedando sin efecto el límite de 40 km / h que regía hasta diciembre del año pasado.

Asimismo, se reduce de 60 a 50 km / h el máximo de velocidad permitido para el tránsito de vehículos en avenidas del Callao.

SANCIONES:

* Conductores que exceden el límite hasta en 10 km / h adicional, incurrirán en la infracción M20, la cual será sancionada con una multa equivalente al 18% de la UIT y con 50 puntos.

* El exceso de velocidad sea 30 km / h adicional, la infracción será M20 y la multa será el equivalente al 50% de una UIT y con 70 puntos en el récord del conductor.

* No respetar el límite de velocidad permitido es sancionado con una multa del 18% de una UIT y con 50 puntos en el récord del conductor.

Esta nueva norma, tiene como finalidad reducir la tasa de accidentes de transito en el Callao que provocan graves lesiones y hasta la muerte.