SBS ORDENA A BANCOS REPROGRAMAR DEUDAS EN SIETE DÍAS

Ventanilla, 21 agosto 2020.- Las entidades financieras deben atender las solicitudes de reprogramación de deudas en tan solo siete días, según lo establecido por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) según Resolución SBS N° 1870-2020.

Con esto los bancos tendrán que considerar la reducción de tasas de interés, condonación de intereses, postergación de cuotas y mayores plazos de pago para sus clientes.

De acuerdo con la entidad reguladora, con estas medidas se garantizará el tratamiento a usuarios deudores, ofreciéndoles alternativas de pago acorde a la situación de crisis que ha generado la pandemia.

Como condiciones mínimas, los bancos  deben:

– Implementar una adecuada comunicación con sus clientes sobre los procedimientos y plazos para la presentación de su solicitud.

– Recibir y evaluar la solicitud de sus clientes, sin aplicar intereses, moras u otros cargos adicionales durante el proceso de evaluación.

– Implementar alternativas de pago informando adecuadamente al cliente sobre sus características, beneficios y riesgos.

– Hacer monitoreo periódico del cliente para tomar acciones en caso presente nuevas dificultades.